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Artículo 110 Bis de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El presidente de México (Ejecutivo Federal) puede avisarle a la Comisión de Competencia sobre algún tema importante para el país en materia de libre competencia (que no haya monopolios ni prácticas que afecten la economía). Cuando esto pase, la Comisión tiene como máximo diez días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) para dar una respuesta oficial sobre el asunto que se planteó.

Texto oficial

Artículo 110 Bis. En cualquier momento, la persona titular del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, podrá dar aviso a la Comisión respecto de cuestiones relevantes para el interés nacional en materia de libre concurrencia y competencia económica. En estos casos, la Comisión emitirá un acuerdo pronunciándose respecto de la cuestión planteada en un plazo no mayor a diez días hábiles. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 TÍTULO V DE LAS REGLAS GENERALES APLICABLES A LOS PROCEDIMIENTOS Capítulo I De la Representación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

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