Artículo 114 de la LEY Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una ley o reglamento dice que algo se hace en "días", se refiere solo a días hábiles (de lunes a viernes, sin contar festivos). Pero si dice meses o años, se cuentan todos los días seguidos, incluidos sábados, domingos y días festivos. Además, si no se señala un plazo específico para hacer algún trámite, se dan 5 días hábiles para realizarlo.
Texto oficial
Artículo 114. Cuando los plazos fijados por esta Ley, por su Reglamento o por las Disposiciones Regulatorias sean en días, éstos se entenderán como hábiles. Respecto de los establecidos en meses o años, el cómputo se hará de fecha a fecha, considerando incluso los días inhábiles. Párrafo reformado DOF 16-07-2025 Cuando no se especifique plazo, se entenderán cinco días para cualquier actuación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.