Artículo 119 de la LEY Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Comisión está investigando algo y tú tienes información o documentos relacionados, estás obligado a entregarlos en un plazo máximo de 10 días, tal y como te los pidan. También tienes que presentarte a declarar donde y cuando te citen, responder todas las preguntas y dejar que hagan las revisiones necesarias. Si entregas documentos originales o copias certificadas, puedes pedir que te los regresen después de que la Comisión los copie y verifique. La Comisión puede hacer las aclaraciones o recordatorios que considere necesarios para que el proceso siga su curso.
Texto oficial
Artículo 119. Toda persona que tenga conocimiento o relación con algún hecho que investigue la Comisión o con la materia de sus procedimientos en trámite, tiene la obligación de proporcionar en el término de diez días la información, cosas y documentos que obren en su poder en el medio que le sean requeridos; de presentarse a declarar en el lugar, fecha y hora en que sea citada, contestando todas las preguntas que le sean formuladas; así como de permitir que se realicen las visitas de verificación. Párrafo reformado DOF 16-07-2025 Para el caso de documentos originales o en copia certificada, la persona requerida podrá optar por exhibir dichas documentales para que le sean devueltas una vez que la Comisión lleve a cabo su reproducción y certificación. Para el debido desahogo de los procedimientos a su cargo, la Comisión puede hacer las prevenciones y reiteraciones que estime pertinentes, salvo disposición en contrario. Párrafo adicionado DOF 16-07-2025 Capítulo VII De las Resoluciones de la Comisión
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.