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Artículo 26 de la LEY Federal de Competencia Económica

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Autoridad Investigadora es un área especial dentro de la Comisión que se encarga de hacer las investigaciones necesarias antes de que un caso llegue a juicio. Esta autoridad también participa como una de las partes cuando ya se está llevando a cabo el juicio. Para hacer su trabajo, tiene libertad técnica y administrativa, lo que significa que puede decidir cómo organizarse y resolver los asuntos sin que nadie más le diga qué hacer. En otras palabras, actúa de forma independiente dentro de sus funciones.

Texto oficial

Artículo 26. La Autoridad Investigadora es el órgano de la Comisión encargado de desahogar la etapa de investigación y es parte en el procedimiento seguido en forma de juicio. En el ejercicio de sus atribuciones, la Autoridad Investigadora estará dotada de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.