Artículo 50 de la LEY Federal de Competencia Económica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que trabajan en esta Comisión están bajo las reglas del Apartado B del artículo 123 de la Constitución y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que es como el manual que aplica para empleados públicos. Además, todo el personal está afiliado al ISSSTE, que es el seguro que les da servicios de salud, préstamos y otras prestaciones. Todos los empleados de la Comisión son considerados "trabajadores de confianza", porque el tipo de trabajo que hacen requiere mucha responsabilidad y, por lo mismo, no tienen los mismos derechos sindicales que otros trabajadores del gobierno.
Texto oficial
Artículo 50. El personal que preste sus servicios en la Comisión se regirá por las disposiciones del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Dicho personal quedará incorporado al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Todos los servidores públicos que integran la plantilla laboral de la Comisión, serán considerados trabajadores de confianza debido a la naturaleza de las funciones que ésta desempeña. Capítulo V Del Régimen de Responsabilidades
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.