- Ley
- LEY Federal de Consulta Popular
- Artículo
- 35
Artículo 35 de la LEY Federal de Consulta Popular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto es el que organiza las consultas populares y le toca promover el voto. O sea, se encarga de que tú puedas participar en esas votaciones especiales sobre temas importantes y te anima a que votes. Todo esto lo hace siguiendo las reglas de esta ley y de la Ley General. Nada más.
Texto oficial
Artículo 35. El Instituto es responsable del ejercicio de la función estatal de la organización y desarrollo de las consultas populares y de llevar a cabo la promoción del voto, en términos de esta Ley y de la Ley General. Artículo reformado DOF 19-05-2021
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.