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Ley
LEY Federal de Consulta Popular
Artículo
57

Artículo 57 de la LEY Federal de Consulta Popular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El INE va a subir a su sistema de cómputo los resultados preliminares de cada casilla apenas los tengan. Esto significa que en cuanto se terminen de contar los votos en un lugar de votación, el Instituto los va a publicar rápido en su página de internet o sistema de datos. Así, tú podrás ver cómo van las votaciones casi en tiempo real, sin tener que esperar días. Es como cuando actualizan los marcadores de un partido: apenas pasa algo, lo suben para que todos lo vean.

Texto oficial

Artículo 57. El Instituto incorporará al sistema de informática los resultados preliminares de cada casilla tan luego como éstos se produzcan. Artículo reformado DOF 19-05-2021 SECCIÓN SEXTA DE LOS RESULTADOS

Ver texto oficial de la LEY Federal de Consulta Popular (pág. 16) ↗

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