Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/149
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
149

Artículo 149 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un vehículo particular (de tu trabajo o negocio) y quieres usarlo en carreteras federales, debes pagar estos derechos. Pedir por primera vez el permiso para ese uso cuesta $2,804.02, y la tarjeta de circulación correspondiente sale en $1,643.28. Si pierdes la tarjeta o necesitas cambiarla, reponerla te costará $502.06, y renovarla cada año vale $1,346.93. Cuando agregues un vehículo o remolque a ese permiso, pagarás $1,011.41 por cada uno; si haces todo el trámite por internet, el costo baja a $326.94 por vehículo. También hay permisos especiales para transportar materiales peligrosos ($3,058.75), grúas industriales ($984.47 por año) o cargas muy grandes o pesadas en un solo viaje ($937.96).

Texto oficial

Artículo 149. Por los servicios que se presten para la operación del transporte privado en caminos de jurisdicción federal, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: I. Expedición de permiso para transporte privado, por permiso ................................ $2,804.02 II. Expedición de la tarjeta de circulación para el transporte privado, por tarjeta ...... $1,643.28 III. Reposición o modificación de la tarjeta de circulación para el transporte privado, por tarjeta ................................................................................................................... $502.06 IV. Revalidación de la tarjeta de circulación para el transporte privado, por tarjeta ...................................................................................................................... $1,346.93 V. Alta de vehículo automotor, remolque o semirremolque en el permiso de transporte privado de personas o carga, por vehículo .............................................................................. $1,011.41 Cuando los permisos a que se refiere la presente fracción sean solicitados a través de medios electrónicos, por vehículo ........................................................................................ $326.94 Párrafo adicionado DOF 12-12-2011 VI. Permiso para el transporte de materiales peligrosos y sus residuos, por permiso ................................................................................................................... $3,058.75 VII. Permiso especial por un año para el tránsito de grúas industriales del servicio privado, por vehículo, por permiso .......................................................................................... $984.47 VIII. Permiso por un solo viaje para vehículos privados de autotransporte de objetos voluminosos o de gran peso, con exceso de peso o dimensión, por permiso ....................................... $937.96 Artículo reformado DOF 28-12-1989, 26-12-1990, 20-12-1991, 30-12-1996, 29-12-1997, 31-12-1999, 31-12-2000, 01-12-2004 Sección Sexta LEY FEDERAL DE DERECHOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-11-2025 94 de 565 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano y Técnico Aeronáuticos

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 93) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.