Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFD/156
Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
156

Artículo 156 de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si necesitas que un avión especial revise y certifique que las ayudas para la navegación aérea (como antenas o luces de aeropuertos) funcionan bien, tendrás que pagar $211,618.18 por cada hora de vuelo de ese avión. Es un derecho, que es un tipo de impuesto que se paga al gobierno por usar sus servicios. Pero hay una excepción: si las instalaciones que revisan son propiedad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las opera el gobierno, entonces no se paga nada.

Texto oficial

Artículo 156.- Por los servicios de certificación mediante vuelos de inspección de ayudas a la navegación aérea, por cada hora de vuelo, en aeronave verificadora para determinación de sitio y certificación periódica o especial se pagarán derechos conforme a la cuota de ............. $211,618.18 Párrafo reformado DOF 07-11-2025 No se pagará el derecho a que se refiere este artículo por los servicios de certificación mediante vuelos de inspección a las instalaciones de ayudas a la navegación aérea propiedad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes operadas por la misma. Párrafo adicionado DOF 29-12-1997 Artículo adicionado DOF 30-12-1996

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 97) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 156 de la LEY Federal de Derechos, explicado | Precedente Legal