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Ley
LEY Federal de Derechos
Artículo
19-A

Artículo 19-A de la LEY Federal de Derechos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres publicar algo en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno), tienes que pagar una cuota fija de 2,843.11 pesos por cada octavo de plana (una medida de espacio en la página). Este dinero se usa exclusivamente para mantener y operar ese mismo Diario Oficial. En otras palabras, nadie más puede gastar ese dinero en otra cosa.

Texto oficial

Artículo 19-A.- Por los servicios de publicaciones que se presten en el Diario Oficial de la Federación, se pagará el derecho de publicaciones por octavo de plana, conforme a la cuota de ......................................................................................................................................... $2,843.11 Párrafo reformado DOF 31-12-1999 Los ingresos que se obtengan por el derecho de publicaciones a que se refiere este artículo, se destinarán al Diario Oficial de la Federación. Párrafo adicionado DOF 03-12-1993 Artículo reformado DOF 18-12-1992

Ver texto oficial de la LEY Federal de Derechos (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.