- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 19-G
Artículo 19-G de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando necesites apostillar un documento público federal (ponerle un sello oficial para que sea válido en el extranjero), te van a cobrar $2,126.14 pesos por cada papel. Pero hay excepciones: no pagas si el documento lo pide el gobierno federal para asuntos propios, siempre que no sea a petición de una persona como tú. Tampoco pagas si el apostillamiento es necesario para llevar a cabo un juicio de amparo (un recurso para proteger tus derechos ante la justicia). En esos casos, el trámite es gratuito.
Texto oficial
Artículo 19-G. Por el apostillamiento de documentos públicos federales, por cada documento ........................................................................................................................... $2,126.14 Párrafo reformado DOF 12-11-2021 No se pagará el derecho por el apostillamiento de documentos públicos que sean solicitados por la Federación, de asuntos oficiales y de su competencia, siempre que no derive de la petición de un particular. Tampoco se pagará este derecho cuando se trate del apostillamiento de documentos para la substanciación del juicio de amparo. Párrafo adicionado DOF 31-12-1998 Artículo adicionado DOF 15-12-1995. Reformado DOF 30-12-1996, 29-12-1997 Sección Sexta Servicios insulares Sección adicionada DOF 15-12-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.