- Ley
- LEY Federal de Derechos
- Artículo
- 236-A
Artículo 236-A de la LEY Federal de Derechos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 236-A ya fue derogado, es decir, ya no está vigente desde 1991, aunque se había agregado en 2002. Antes decía que el SAT podía calcular cuánto tenías que pagar por sacar materiales como arena o grava si no llevabas un registro diario de lo que extraías, si no pagabas el derecho correspondiente, si te negabas a que te revisaran o no dabas la información que te pedía la Comisión Nacional del Agua, o si no tenías un permiso oficial.
Texto oficial
Artículo 236-A.- La autoridad fiscal podrá proceder a determinar presuntivamente el derecho por extracción de materiales, en los siguientes casos: I.- No se tengan libros diarios de los volúmenes del material que se extraiga. II.- El contribuyente no efectúe el pago del derecho en los términos del artículo 236 de esta Ley. III.- Se oponga u obstaculice la iniciación o desarrollo de las facultades de comprobación, verificación y medición o no se presente la información o documentación que le solicite la Comisión Nacional del Agua. IV.- No se cuente con título de concesión. Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 01-01-2002
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.