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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
117

Artículo 117 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Como artista (cantante, actor, bailarín, etc.), tienes derecho a que siempre mencionen tu nombre cuando se use tu trabajo, para que te den crédito. También puedes decir que no si alguien quiere modificar, cortar o cambiar tu actuación de una manera que dañe tu fama o el respeto que te tienen. En pocas palabras, nadie puede echar a perder tu presentación ni usarla sin darte tu lugar.

Texto oficial

Artículo 117.- El artista intérprete o ejecutante goza del derecho al reconocimiento de su nombre respecto de sus interpretaciones o ejecuciones así como el de oponerse a toda deformación, mutilación o cualquier otro atentado sobre su actuación que lesione su prestigio o reputación.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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