- Ley
- LEY Federal del Derecho de Autor
- Artículo
- 117
Artículo 117 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como artista (cantante, actor, bailarín, etc.), tienes derecho a que siempre mencionen tu nombre cuando se use tu trabajo, para que te den crédito. También puedes decir que no si alguien quiere modificar, cortar o cambiar tu actuación de una manera que dañe tu fama o el respeto que te tienen. En pocas palabras, nadie puede echar a perder tu presentación ni usarla sin darte tu lugar.
Texto oficial
Artículo 117.- El artista intérprete o ejecutante goza del derecho al reconocimiento de su nombre respecto de sus interpretaciones o ejecuciones así como el de oponerse a toda deformación, mutilación o cualquier otro atentado sobre su actuación que lesione su prestigio o reputación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.