Artículo 123 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 123 dice que un libro es cualquier publicación que no sea un periódico o revista. Puede ser sobre literatura, arte, ciencia, educación o entretenimiento, y puede imprimirse en papel o en otros formatos. También incluye materiales extra, como discos o archivos digitales, siempre y cuando vengan junto con el libro y no se puedan vender por separado. O sea, si el libro trae un CD o un código para bajar contenido en línea, eso también es parte del libro.
Texto oficial
Artículo 123.- El libro es toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos. Comprenderá también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.