Artículo 124 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El editor de libros es la persona o empresa que elige o crea la idea de publicar un libro y se encarga de hacerlo, ya sea por sí misma o contratando a otros para que lo ayuden. Puede ser alguien como tú (una persona física) o una compañía (una persona moral). Su trabajo es desde decidir qué libro publicar hasta coordinar todo el proceso para que el libro exista.
Texto oficial
Artículo 124.- El editor de libros es la persona física o moral que selecciona o concibe una edición y realiza por sí o a través de terceros su elaboración.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.