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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
153

Artículo 153 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el creador de una obra artística o literaria no revela su nombre, cualquiera puede usar esa obra libremente, como si fuera de todos. Eso aplica siempre y cuando no aparezca el autor ni alguien que demuestre tener derechos legales sobre ella. No significa que la obra no tenga dueño, solo que mientras nadie reclame la autoría o la propiedad, no hay quien exija permisos o pagos. Así que puedes copiar, compartir o incluso modificar esa obra sin problema, hasta que el verdadero dueño se presente y decida hacer valer sus derechos.

Texto oficial

Artículo 153.- Es libre el uso de la obra de un autor anónimo mientras el mismo no se dé a conocer o no exista un titular de derechos patrimoniales identificado. TITULO VII De los Derechos de Autor sobre los Símbolos Patrios y de las expresiones de las Culturas Populares Capítulo I Disposiciones Generales

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 34) ↗

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