Artículo 166 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vas a registrar tu obra artística o literaria, nadie puede negarte o detener el trámite por razones políticas, ideas personales o doctrinas religiosas. El gobierno no tiene excusa para rechazar tu registro solo por lo que piensas o crees. Esto aplica para libros, canciones, pinturas o cualquier creación cultural. En pocas palabras, tu obra se registra sin que te juzguen por tus opiniones.
Texto oficial
Artículo 166.- El registro de una obra artística o literaria no podrá negarse ni suspenderse so pretexto de algún motivo político, ideológico o doctrinario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.