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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFDA/177
Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
177

Artículo 177 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para obtener o renovar la reserva de derechos (como el título de una revista o un nombre artístico), los requisitos y condiciones no están escritos aquí, sino que los va a definir el Reglamento de esta ley. Si tienes que hacer algún otro trámite relacionado con esto, también tendrás que checar ese Reglamento para saber qué necesitas. En corto: todo lo que preguntes sobre este tema, lo resuelve el Reglamento, no este artículo.

Texto oficial

Artículo 177.- Los requisitos y condiciones que deban cubrirse para la obtención y renovación de las reservas de derechos, así como para la realización de cualquier otro trámite previsto en el presente capítulo, se establecerán en el Reglamento de la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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