Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 181 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes una reserva de derechos (como un nombre de programa de TV o una publicación), y decides venderla o pasarla a otra persona, debes avisarle al Instituto (el IMPI) para que esté enterado del cambio. Es como cuando cambias de dueño un carro y lo registras: aquí también hay que notificar para que todo quede claro. La notificación la haces por escrito o en forma oficial. Así, si alguien después reclama, el Instituto sabrá quién es el nuevo titular.

Texto oficial

Artículo 181.- Los titulares de las reservas de derechos deberán notificar al Instituto las transmisiones de los derechos que amparan los certificados correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.