Artículo 181 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una reserva de derechos (como un nombre de programa de TV o una publicación), y decides venderla o pasarla a otra persona, debes avisarle al Instituto (el IMPI) para que esté enterado del cambio. Es como cuando cambias de dueño un carro y lo registras: aquí también hay que notificar para que todo quede claro. La notificación la haces por escrito o en forma oficial. Así, si alguien después reclama, el Instituto sabrá quién es el nuevo titular.
Texto oficial
Artículo 181.- Los titulares de las reservas de derechos deberán notificar al Instituto las transmisiones de los derechos que amparan los certificados correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.