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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
181

Artículo 181 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una reserva de derechos (como un nombre de programa de TV o una publicación), y decides venderla o pasarla a otra persona, debes avisarle al Instituto (el IMPI) para que esté enterado del cambio. Es como cuando cambias de dueño un carro y lo registras: aquí también hay que notificar para que todo quede claro. La notificación la haces por escrito o en forma oficial. Así, si alguien después reclama, el Instituto sabrá quién es el nuevo titular.

Texto oficial

Artículo 181.- Los titulares de las reservas de derechos deberán notificar al Instituto las transmisiones de los derechos que amparan los certificados correspondientes.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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