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Artículo 185 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si tienes un registro de derechos reservados (como el nombre de una obra o publicación), tienes que renovarlo dentro del tiempo y en la forma que marca la ley. Si no lo renuevas antes de que se venza el plazo, pierdes automáticamente ese derecho. Es decir, ya no podrás usar ese registro como tuyo y cualquiera podría solicitarlo. En resumen, si no renuevas a tiempo, tu reserva de derechos se cancela para siempre.

Texto oficial

Artículo 185.- Las reservas de derechos caducarán cuando no se renueven en los términos establecidos por el presente capítulo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.