Artículo 185 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un registro de derechos reservados (como el nombre de una obra o publicación), tienes que renovarlo dentro del tiempo y en la forma que marca la ley. Si no lo renuevas antes de que se venza el plazo, pierdes automáticamente ese derecho. Es decir, ya no podrás usar ese registro como tuyo y cualquiera podría solicitarlo. En resumen, si no renuevas a tiempo, tu reserva de derechos se cancela para siempre.
Texto oficial
Artículo 185.- Las reservas de derechos caducarán cuando no se renueven en los términos establecidos por el presente capítulo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.