Artículo 2 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la ley del derecho de autor aplica en todo México y nadie se puede saltar sus reglas. El gobierno federal, a través del Instituto Nacional del Derecho de Autor, es quien se encarga de hacerla cumplir. También menciona que las autoridades deben promover que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los hombres para crear y registrar obras, quitando cualquier traba o problema administrativo que se les ponga.
Texto oficial
Artículo 2o.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Nacional del Derecho de Autor y, en los casos previstos por esta Ley, del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Para los efectos de esta Ley se entenderá por Instituto, al Instituto Nacional del Derecho de Autor. Las autoridades promoverán la igualdad sustantiva y la participación equitativa de las mujeres en la creación y registro de obras protegidas por esta Ley, fomentando la eliminación de barreras administrativas que dificulten la participación de las mujeres. Párrafo adicionado DOF 15-01-2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.