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Artículo 211 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene un jefe, que se llama Director General. Quien lo nombra (lo pone en el puesto) y lo puede quitar es el Secretario de Cultura. Ese Director solo puede hacer lo que le permitan esta ley y los reglamentos, ni más ni menos.

Texto oficial

Artículo 211.- El Instituto estará a cargo de un Director General que será nombrado y removido por el Secretario de Cultura, con las facultades previstas en la presente Ley, en sus reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables. Artículo reformado DOF 17-12-2015

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.