Artículo 211 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Instituto tiene un jefe, que se llama Director General. Quien lo nombra (lo pone en el puesto) y lo puede quitar es el Secretario de Cultura. Ese Director solo puede hacer lo que le permitan esta ley y los reglamentos, ni más ni menos.
Texto oficial
Artículo 211.- El Instituto estará a cargo de un Director General que será nombrado y removido por el Secretario de Cultura, con las facultades previstas en la presente Ley, en sus reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables. Artículo reformado DOF 17-12-2015
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.