Artículo 234 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) va a castigar las faltas relacionadas con el comercio siguiendo los pasos y reglas que vienen en los Títulos Sexto y Séptimo de la Ley de la Propiedad Industrial. También puede tomar medidas temporales para evitar más daños, como congelar algo o asegurarlo, tal como lo dice esa misma ley. Para hacer todo esto, el IMPI tiene poder para investigar, hacer visitas de inspección a negocios y pedirte información o documentos que necesite. En pocas palabras, esto significa que si alguien comete una infracción en el comercio, el IMPI puede revisar, pedir datos y aplicar castigos siguiendo un proceso ya establecido.
Texto oficial
Artículo 234.- El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial sancionará las infracciones materia de comercio con arreglo al procedimiento y las formalidades previstas en los Títulos Sexto y Séptimo de la Ley de la Propiedad Industrial. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial podrá adoptar las medidas precautorias previstas en la Ley de Propiedad Industrial. Para tal efecto, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, tendrá las facultades de realizar investigaciones; ordenar y practicar visitas de inspección; requerir información y datos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.