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Artículo 38 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tener un libro, cuadro o disco no te da los derechos sobre la obra que está en ese objeto. Así que, aunque le compres a un artista el cuadro original o a un escritor el manuscrito de su novela, no puedes reproducir, vender o hacer películas con esa obra. La única forma de que obtengas esos derechos es si el autor o su heredero firman un contrato donde específicamente te los cedan.

Texto oficial

Artículo 38.- El derecho de autor no está ligado a la propiedad del objeto material en el que la obra esté incorporada. Salvo pacto expreso en contrario, la enajenación por el autor o su derechohabiente del soporte material que contenga una obra, no transferirá al adquirente ninguno de los derechos patrimoniales sobre tal obra.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.