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Artículo 44 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 44 dice que si firmas un contrato para que alguien publique tu libro o canción, eso no significa que le estás dando todos tus derechos económicos sobre la obra. Solo le estás permitiendo que la edite, pero tú te quedas con los otros derechos, como el de hacer películas, traducciones o venderla de otras formas. En pocas palabras, no porque aceptes que la publiquen, pierdes el control sobre los demás usos que le puedas dar a tu creación. Esto protege al autor para que no se aprovechen de él con un solo contrato.

Texto oficial

Artículo 44.- El contrato de edición de una obra no implica la transmisión de los demás derechos patrimoniales del titular de la misma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.