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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
45

Artículo 45 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El editor no puede cambiar ni publicar la obra con recortes, añadidos o resúmenes sin que el autor le dé permiso por escrito. Esto significa que si el editor quiere modificar algo del texto, necesita primero una autorización firmada del autor. Así se protege el trabajo original de cualquier alteración que no haya sido acordada.

Texto oficial

Artículo 45.- El editor no podrá publicar la obra con abreviaturas, adiciones, supresiones o cualesquiera otras modificaciones, sin consentimiento escrito del autor.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 10) ↗

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