Artículo 9 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 9 dice que los plazos para calcular la protección de esta ley se cuentan a partir del 1 de enero del año siguiente al que ocurrió el hecho que inició el conteo. Por ejemplo, si algo pasa en 2024, el plazo empieza a correr desde el 1 de enero de 2025. Solo hay excepción si la misma ley dice otra cosa, como empezar desde otra fecha. En pocas palabras, el tiempo no se cuenta desde el día exacto del hecho, sino desde el inicio del próximo año.
Texto oficial
Artículo 9o.- Todos los plazos establecidos para determinar la protección que otorga la presente Ley se computarán a partir del 1o. de enero del año siguiente al respectivo en que se hubiera realizado el hecho utilizado para iniciar el cómputo, salvo que este propio ordenamiento establezca una disposición en contrario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.