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Ley
LEY Federal del Derecho de Autor
Artículo
92

Artículo 92 de la LEY Federal del Derecho de Autor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Salvo que hayan acordado otra cosa, el arquitecto que diseñó un edificio no puede prohibirle al dueño que le haga cambios. Sin embargo, el arquitecto sí puede exigir que no aparezca su nombre en la obra ya modificada. Esto significa que el propietario puede remodelar o modificar el edificio, pero no puede usar el nombre del arquitecto si el resultado ya no es su diseño original. Es como si el arquitecto se deslinda de la obra alterada para que no piensen que él aprobó los cambios.

Texto oficial

Artículo 92.- Salvo pacto en contrario, el autor de una obra de arquitectura no podrá impedir que el propietario de ésta le haga modificaciones, pero tendrá la facultad de prohibir que su nombre sea asociado a la obra alterada.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Derecho de Autor (pág. 17) ↗

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