Artículo 93 de la LEY Federal del Derecho de Autor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las obras de arte aplicado, como un diseño en una taza o un mueble, sí están protegidas por la ley solo en la parte creativa que las hace únicas. O sea, lo que importa es la idea original del diseño, no el uso que se le dé después, como usarla para decorar o vender. La protección no cubre lo que hagas con el objeto una vez creado. En pocas palabras, la ley cuida la creatividad del artista, pero no el destino comercial o práctico de su obra.
Texto oficial
Artículo 93.- Las disposiciones de este capítulo serán válidas para las obras de arte aplicado en lo que tengan de originales. No será objeto de protección el uso que se dé a las mismas. Capítulo III De la Obra Cinematográfica y Audiovisual
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.