Artículo 10 de la LEY Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir la Declaración Especial de Ausencia de una persona desaparecida, tienes que llenar un formato con varios datos. Debes incluir tu nombre, qué eres de la persona (como familiar o amigo cercano) y tus datos generales. También tienes que poner los datos de la persona desaparecida: su nombre, fecha de nacimiento y si era soltero, casado, etc. Es obligatorio mencionar si ya levantaste una denuncia ante el Ministerio Público o reportaste el caso a la Comisión de Búsqueda, y contar cómo pasó la desaparición. Además, tienes que decir la fecha y el lugar donde ocurrió (si no estás seguro, solo da una idea), e incluir los nombres y edades de los familiares o personas cercanas a la persona. Debes anotar a qué se dedicaba, dónde trabajaba y si tenía seguro social, así como los bienes o derechos que quieras proteger. Finalmente, explica qué efectos quieres que tenga la declaración (por ejemplo, para cuidar sus bienes); el juez no está obligado a darte exactamente lo que pides, sino que decide según la ley.
Texto oficial
Artículo 10.- La solicitud de Declaración Especial de Ausencia deberá incluir la siguiente información: I. El nombre, parentesco o relación de la persona solicitante con la Persona Desaparecida y sus datos generales; II. El nombre, fecha de nacimiento y el estado civil de la Persona Desaparecida; III. La denuncia presentada al Ministerio Público de la Fiscalía Especializada o del reporte a la Comisión Nacional de Búsqueda, en donde se narren los hechos de la desaparición; IV. La fecha y lugar de los hechos relacionados con la desaparición; cuando no se tenga precisión sobre la fecha o el lugar, bastará con la presunción que se tenga de esta información; V. El nombre y edad de los Familiares o de aquellas personas que tengan una relación sentimental afectiva inmediata y cotidiana con la Persona Desaparecida; VI. La actividad a la que se dedica la Persona Desaparecida, así como nombre y domicilio de su fuente de trabajo y, si lo hubiere, datos del régimen de seguridad social al que pertenezca la Persona Desaparecida; VII. Los bienes o derechos de la Persona Desaparecida que desean ser protegidos o ejercidos; VIII. Los efectos que se solicita tenga la Declaración Especial de Ausencia en los términos del artículo 21 de esta Ley; IX. Toda aquella información que la persona solicitante haga llegar al Órgano Jurisdiccional para acreditar la identidad y personalidad jurídica de la Persona Desaparecida, y X. Cualquier otra información que el solicitante estime relevante para determinar los efectos de la Declaración Especial de Ausencia. Tratándose de la fracción VIII, el Órgano Jurisdiccional no podrá interpretar que los efectos de la Declaración Especial de Ausencia que se emitan serán exclusivamente en el sentido en que fue solicitado. LEY FEDERAL DE DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA PARA PERSONAS DESAPARECIDAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 6 de 16
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