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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFEA/28
Ley
LEY de Firma Electrónica Avanzada
Artículo
28

Artículo 28 de la LEY de Firma Electrónica Avanzada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Economía y el SAT, junto con otras autoridades que dan certificados electrónicos (como la e.firma), pueden hacer acuerdos entre ellas. Estos acuerdos sirven para trabajar juntas y ofrecer servicios relacionados con la firma electrónica avanzada. En pocas palabras, estas dependencias pueden ponerse de acuerdo para facilitar los trámites con firma electrónica.

Texto oficial

Artículo 28. La Secretaría, la Secretaría de Economía y el Servicio de Administración Tributaria y demás autoridades certificadoras a que se refiere el artículo 24 podrán celebrar bases o convenios de colaboración, según corresponda para la prestación de servicios relacionados con la firma electrónica avanzada.

Ver texto oficial de la LEY de Firma Electrónica Avanzada (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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