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Artículo 5 de la LEY Federal de las Entidades Paraestatales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que varias instituciones importantes de México, como el IMSS, el ISSSTE, el Infonavit y otras parecidas, deben seguir sus propias leyes especiales en cuanto a cómo están organizadas (quiénes las mandan y quiénes las vigilan). Sin embargo, en su día a día (cómo trabajan, operan y se controlan), deben obedecer esta Ley general, siempre y cuando no vaya en contra de sus leyes especiales. También aclara que si alguna de estas instituciones tiene grupos especiales como patronatos o comisiones, esos grupos siguen funcionando con sus propias reglas. Por último, menciona que la Comisión Nacional Antimonopolio (la que cuida la competencia) se maneja principalmente con su propia ley, pero si algo no está ahí, aplica esta Ley.

Texto oficial

ARTICULO 5o. El Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y los demás organismos de estructura análoga que hubiere, se regirán por sus leyes específicas en cuanto a las estructuras de sus órganos de gobierno y vigilancia, pero en cuanto a su funcionamiento, operación, desarrollo y control, en lo que no se oponga a aquellas leyes específicas, se sujetarán a las disposiciones de la presente Ley. Párrafo reformado DOF 04-01-2001, 21-05-2003, 08-05-2023, 16-07-2025 Aquellas entidades que además de Organo de Gobierno, Dirección General y Organo de Vigilancia cuenten con patronatos, comisiones ejecutivas o sus equivalentes, se seguirán rigiendo en cuanto a estos órganos especiales de acuerdo a sus leyes u ordenamientos relativos. La Comisión Nacional Antimonopolio se regirá en cuanto a la estructura de su órgano de gobierno, unidades administrativas, organización, funcionamiento, operación, desarrollo y control por lo previsto en la Ley Federal de Competencia Económica y su estatuto orgánico y, en lo no previsto por éstas, por esta Ley. Párrafo adicionado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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