Artículo 52 de la LEY Federal de las Entidades Paraestatales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La empresa del gobierno (entidad paraestatal) usa su propio dinero para pagar gastos a través de sus áreas internas. Si recibe apoyos del gobierno federal, el dinero le llega de la Tesorería, según lo que dice el presupuesto anual de la Federación y de la Ciudad de México. Ese dinero también lo maneja la misma empresa, pero debe seguir las reglas de control y presentar los informes que marca la ley.
Texto oficial
ARTICULO 52.- La entidad paraestatal manejará y erogará sus recursos propios por medio de sus órganos. Por lo que toca a la percepción de subsidios y transferencias, los recibirá de la Tesorería de la Federación en los términos que se fijen en los presupuestos de egresos anuales de la Federación y del Distrito Federal, debiendo manejarlos y administrarlos por sus propios órganos y sujetarse a los controles e informes respectivos de conformidad con la legislación aplicable. Párrafo reformado DOF 09-04-2012
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.