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Artículo 56 de la LEY Federal de las Entidades Paraestatales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El grupo de personas que dirige la empresa (Órgano de Gobierno) puede crear equipos de trabajo especializados (comités o subcomités técnicos) para mejorar la planeación y revisar cómo va el negocio. También sirven para resolver problemas de organización, elegir y aplicar nuevas tecnologías, y usar herramientas que hagan más eficiente el trabajo. Esto lo puede pedir el presidente del grupo o al menos un tercio de sus integrantes. Por otro lado, los Coordinadores de Sector deben impulsar la creación de equipos mixtos donde participen tanto trabajadores como jefes, para analizar juntos cómo mejorar la productividad usando tecnología y mejores formas de trabajar.

Texto oficial

ARTICULO 56.- El Organo de Gobierno, a propuesta de su presidente o cuando menos de la tercera parte de sus miembros, podrá constituir comités o subcomités técnicos especializados para apoyar la programación estratégica y la supervisión de la marcha normal de la entidad paraestatal, atender problemas de administración y organización de los procesos productivos, así como para la selección y aplicación de los adelantos tecnológicos y uso de los demás instrumentos que permitan elevar la eficiencia. Los Coordinadores de Sector promoverán el establecimiento de comités mixtos de productividad de las entidades paraestatales, con la participación de representantes de los trabajadores y de la administración de la entidad que analizarán medidas relativas a la organización de los procesos productivos, de selección y aplicación de los adelantos tecnológicos y el uso de los demás instrumentos que permitan elevar la eficiencia de las mismas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.