Artículo 25 de la LEY Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno que den dinero o ayudas a grupos registrados tienen que subir a un sistema en internet los detalles de esos apoyos. Ahí deben decir de qué tipo es el apoyo, cuánto dinero dieron y a quién se lo asignaron. Ese sistema se llama "Sistema de Información del Registro". Así, todo queda claro y cualquiera puede saber cómo se usan los recursos.
Texto oficial
Artículo 25. Las dependencias y entidades que otorguen apoyos y estímulos a las organizaciones con inscripción vigente en el Registro, deberán incluir en el Sistema de Información del Registro lo relativo al tipo, monto y asignación de los mismos. CAPÍTULO QUINTO Del Consejo Técnico Consultivo
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.