Artículo 40 de la LEY Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno federal tienen que poner en práctica las ideas que la Comisión acordó para hacer más fácil hacer trámites. También deben revisar las leyes y los pasos que sigue la gente para pedir permisos, licencias o autorizaciones. El objetivo es quitar trámites que no sirven o hacerlos más sencillos. La Secretaría de la Contraloría va a checar que se cumpla esto y, si hace falta, sugerirá cómo simplificarlo aún más.
Texto oficial
ARTICULO 40.- Las dependencias del Ejecutivo Federal deberán instrumentar, en el ámbito de su competencia, las recomendaciones que hayan sido acordadas por la Comisión, así como revisar las disposiciones legales que apliquen y los procedimientos para ello, con el fin de simplificar trámites o eliminar los innecesarios, que se refieran al recibo de solicitudes para obtener permisos, licencias o autorizaciones. La Secretaría de la Contraloría General de la Federación vigilará el cumplimiento de lo previsto en este artículo y, en su caso, propondrá la simplificación correspondiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.