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Ley
LEY de la Fiscalía General de la República
Artículo
37

Artículo 37 de la LEY de la Fiscalía General de la República

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres servidor público y no cumples con lo que dice este capítulo, te pueden meter en problemas por tu trabajo, por un delito, o por las dos cosas. Es decir, te pueden investigar y castigar por faltar a tus obligaciones. Todo depende de qué tan grave sea lo que hiciste.

Texto oficial

Artículo 37. Las personas servidoras públicas que contravengan lo dispuesto en el presente Capítulo serán, en su caso, sujetas de responsabilidad administrativa, penal, o cualquier otra que corresponda. CAPÍTULO II SISTEMA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Ver texto oficial de la LEY de la Fiscalía General de la República (pág. 19) ↗

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