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Ley
LEY de Fondos de Inversión
Artículo
46

Artículo 46 de la LEY de Fondos de Inversión

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En los fondos de inversión abiertos, las ganancias o pérdidas se reparten entre los accionistas cada vez que se calcula el valor de las acciones, y no hace falta hacer una junta de accionistas para eso. En lugar de eso, se usa el precio por acción que da a conocer una sociedad valuadora, que es una empresa externa especializada en calcular cuánto vale cada acción. Esto quiere decir que el dinero que ganas o pierdes se actualiza automáticamente según el valor que esa empresa determine.

Texto oficial

Artículo 46.- En los fondos de inversión abiertos, la asignación de utilidades o pérdidas netas entre los accionistas, será determinada con la misma periodicidad con que se valúen sus acciones sin necesidad de celebrar asamblea de accionistas, mediante la determinación del precio que por acción les dé a conocer la sociedad valuadora que al efecto les preste servicios. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Ver texto oficial de la LEY de Fondos de Inversión (pág. 46) ↗

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