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Artículo 72 de la LEY de Fondos de Inversión

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando una empresa filial (una compañía que es controlada por otra más grande) forme su consejo de administración (el grupo de personas que toman las decisiones importantes), tiene que seguir las mismas reglas que ya están en los artículos 34 Bis y 61 de esta ley. Esto quiere decir que no puede hacer su propio reglamento a lo loco, sino que debe cumplir con lo que ya está escrito para otras empresas similares. Es como cuando en una familia se siguen las mismas reglas que pusieron los papás para todos los hijos.

Texto oficial

Artículo 72.- Las Filiales, en la integración de sus consejos de administración, se ajustarán, según corresponda, a lo previsto en los artículos 34 Bis y 61 de esta Ley. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

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