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Ley
LEY de Fomento para la Lectura y el Libro
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Cultura y la Secretaría de Educación Pública son las que se encargan de asegurarse de que todos los programas del gobierno (federal, estatal y municipal) para fomentar la lectura y el libro estén coordinados, no se contradigan y trabajen juntos. Su chamba es que estas iniciativas sigan los objetivos y prioridades que marca la política nacional del libro y la lectura. En pocas palabras, son como las jefas que organizan a todos los niveles de gobierno para que remen en el mismo sentido cuando se trata de promover que la gente lea más y tenga acceso a libros.

Texto oficial

Artículo 19.- La Secretaría de Cultura y la Secretaría de Educación Pública, son las instancias responsables de incentivar y promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas y acciones de los distintos órdenes de gobierno, con base en los objetivos, estrategias y prioridades de la política nacional de fomento a la lectura y el libro. Artículo reformado DOF 17-12-2015

Ver texto oficial de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro (pág. 8) ↗

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