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Ley
LEY de Fomento para la Lectura y el Libro
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno usará los espacios de radio y tele que le pertenecen para promover que la gente lea más y se interese por los libros. Esto significa que en los horarios oficiales (como los tiempos del Estado en canales de televisión y estaciones de radio) van a pasar anuncios o programas que inviten a agarrar un libro. La idea es que aprovechen esos minutos para hacer campañas a favor de la lectura, sin necesidad de pagar publicidad extra. Así, el Estado pone su granito de arena para que leer sea algo más común entre todos.

Texto oficial

Artículo 7.- Las autoridades responsables emplearán tiempos oficiales y públicos que corresponden al Estado en los medios de comunicación para fomentar el libro y la lectura.

Ver texto oficial de la LEY de Fomento para la Lectura y el Libro (pág. 4) ↗

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