- Ley
- LEY Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
- Artículo
- 31
Artículo 31 de la LEY Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El INAH (Instituto Nacional de Antropología e Historia) te va a decir las reglas específicas que debes seguir para hacer trabajos de excavación o exploración, y también te va a indicar qué obligaciones tienes que cumplir. Todo depende de la autorización que te haya dado antes, según el artículo anterior. Básicamente, ellos ponen las condiciones y tú tienes que respetarlas al pie de la letra.
Texto oficial
ARTICULO 31.- En las autorizaciones a que se refiere el artículo anterior, el Instituto Nacional de Antropología e Historia señalará los términos y condiciones a que deban sujetarse los trabajos, así como las obligaciones de quienes los realicen.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.