- Ley
- LEY Federal de Procedimiento Administrativo
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu jefe en el trabajo se entera de que tú o algún compañero tienen un impedimento legal para participar en un asunto (como los que menciona el Artículo 21), debe ordenarles de inmediato que se retiren y no sigan viendo ese caso. Esto aplica cuando haya un conflicto de interés, como ser familiar de alguien involucrado o tener un interés personal en el asunto. El jefe no puede hacerse de la vista gorda: si sabe del problema, tiene que actuar para que no haya favoritismos ni decisiones injustas. En pocas palabras, si hay un impedimento, el superior debe apartar a la persona del asunto.
Texto oficial
Artículo 24.- El superior jerárquico cuando tenga conocimiento de que alguno de sus subalternos se encuentra en alguna de las causales de impedimento a que se refiere el Artículo 21 de la presente Ley, ordenará que se inhiba de todo conocimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.