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Ley
LEY Federal de Procedimiento Administrativo
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las autoridades te tengan que notificar algo, citarte, pedirte un informe o visitarte, y la ley no diga exactamente en cuántos días se debe hacer, el plazo máximo será de 10 días. La autoridad está obligada a decirte cuántos días tienes para cumplir con lo que te piden.

Texto oficial

Artículo 32.- Para efectos de las notificaciones, citaciones, emplazamientos, requerimientos, visitas e informes, a falta de términos o plazos establecidos en las leyes administrativas para la realización de trámites, aquéllos no excederán de diez días. El órgano administrativo deberá hacer del conocimiento del interesado dicho plazo. CAPITULO QUINTO DEL ACCESO A LA DOCUMENTACION E INFORMACION

Ver texto oficial de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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