Artículo 94 de la LEY Federal de Procedimiento Administrativo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si presentaste un recurso y la autoridad no te responde en el plazo legal, puedes esperar a que te den una respuesta oficial. Pero también tienes el derecho de impugnar, es decir, de pelear o inconformarte, en cualquier momento contra lo que se llama "presunta confirmación", que es cuando la ley considera que el silencio de la autoridad equivale a decir que tu queja no procede. Así que tú decides si esperas o actúas de inmediato.
Texto oficial
Artículo 94.- El recurrente podrá esperar la resolución expresa o impugnar en cualquier tiempo la presunta confirmación del acto impugnado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.