Artículo 108 de la LEY Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando una ley no diga nada, los plazos cuentan por días naturales, es decir, de corrido incluyendo sábados, domingos y días festivos. Pero si el último día para entregar algo o hacer un trámite cae en un día no hábil (como fin de semana o feriado), entonces se recorre hasta el siguiente día que sí sea hábil.
Texto oficial
ARTÍCULO 108.- A falta de mención expresa, los plazos establecidos en días en esta ley, se entenderán naturales. En caso de que el día en que concluya el plazo sea inhábil se entenderá que concluye el día hábil inmediato siguiente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.