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Ley
LEY Federal de Protección al Consumidor
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El proveedor, o sea el negocio o persona que te vende algo o te da un servicio, tiene la obligación de darte una factura, recibo o comprobante. Ese papel debe traer los datos de lo que compraste, el servicio que te dieron o la operación que hicieron. Esto aplica aunque haya otras reglas de impuestos. En palabras más claras: siempre que compres algo o te presten un servicio, el vendedor te debe dar un comprobante con la información de la transacción.

Texto oficial

ARTÍCULO 12.- Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación fiscal, el proveedor, tiene obligación de entregar al consumidor factura, recibo o comprobante, en el que consten los datos específicos de la compraventa, servicio prestado u operación realizada.

Ver texto oficial de la LEY Federal de Protección al Consumidor (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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