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Artículo 18 BIS de la LEY Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo prohíbe que las empresas que usan tus datos para hacerte publicidad compartan tu información para otros fines, como venderla a terceros. También les prohíbe mandarte publicidad si les dijiste que no quieres recibirla o si estás en un registro de personas que no quieren propaganda. Si una empresa contrata a otra para que envíe publicidad por ella, la primera empresa también es responsable de cómo se manejen tus datos. En pocas palabras, las compañías no pueden hacer lo que quieran con tu información personal.

Texto oficial

ARTÍCULO 18 BIS.- Queda prohibido a los proveedores y a las empresas que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios y a sus clientes, utilizar la información relativa a los consumidores con fines diferentes a los mercadotécnicos o publicitarios, así como enviar publicidad a los consumidores que expresamente les hubieren manifestado su voluntad de no recibirla o que estén inscritos en el registro a que se refiere el artículo anterior. Los proveedores que sean objeto de publicidad son corresponsables del manejo de la información de consumidores cuando dicha publicidad la envíen a través de terceros. Artículo adicionado DOF 04-02-2004 Capítulo II De las autoridades

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.