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Artículo 28 de la LEY Federal de Protección al Consumidor

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Procurador Federal del Consumidor (el jefe de la Profeco) es elegido directamente por el Presidente de México. Para ocupar ese cargo, la persona debe ser mexicana, tener título de licenciado en derecho y haber trabajado de manera sobresaliente en áreas profesionales, de servicio público o de enseñanza que tengan que ver con la protección de los consumidores. En pocas palabras, necesitas ser abogado con experiencia y con buenos resultados en temas relacionados con los derechos de los compradores o usuarios.

Texto oficial

ARTÍCULO 28.- El Procurador Federal del Consumidor será designado por el Presidente de la República y deberá ser ciudadano mexicano y tener título de licenciado en derecho y haberse desempeñado en forma destacada en cuestiones profesionales, de servicio público, o académicas substancialmente relacionadas con el objeto de esta ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.