Artículo 41 de la LEY Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un producto o servicio puede ser peligroso para tu salud o dañino para el medio ambiente, el vendedor está obligado a incluir un instructivo que te advierta de esos riesgos. Ese instructivo debe explicarte claramente para qué sirve el producto, cómo usarlo de manera segura y qué puede pasar si lo usas de otra forma. Si el vendedor no cumple con esto y te causa un daño, él es responsable de pagarte por los perjuicios. Esto aplica además de lo que ya dice otra regla de la misma ley.
Texto oficial
ARTÍCULO 41.- Cuando se trate de productos o servicios que de conformidad con las disposiciones aplicables, se consideren potencialmente peligrosos para el consumidor o lesivos para el medio ambiente o cuando sea previsible su peligrosidad, el proveedor deberá incluir un instructivo que advierta sobre sus características nocivas y explique con claridad el uso o destino recomendado y los posibles efectos de su uso, aplicación o destino fuera de los lineamientos recomendados. El proveedor responderá de los daños y perjuicios que cause al consumidor la violación de esta disposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 92 TER de esta ley. Artículo reformado DOF 04-02-2004
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.